La rémora fiscal atenaza el poder adquisitivo de los asalariados en Alemania

Calculadora con declaración IRPF impuestos

(OroyFinanzas.com) – Los últimos datos publicados por la Oficina Federal de Estadística de Alemania en torno a la evolución de salarios y precios suscitan un doble análisis: por un lado, los salarios reales en el segundo trimestre de este año no han experimentado cambios y, por otro lado, la presión impositiva sobre los salarios se ha incrementado en línea al aumento de los salarios nominales.

En primer lugar, la evolución de los salarios reales (salarios ajustados por la inflación) ya fue objeto de un artículo anterior, en el cual revelábamos la problemática de la inflación en los bienes de consumo y alimentos de primera necesidad. En el período de examen, los salarios nominales crecieron un 1,5% mientras que los precios de consumo (IPC) crecieron también un 1,5%. A pesar de que el índice general de precios haya crecido un 1,5% interanual, los bienes de consumo han crecido un 4% y algunos bienes como la mantequilla se han disparado un 30%.

El segundo enfoque de estos datos revela un incremento significativo de la presión tributaria relacionada con el incremento de los salarios nominales. En particular es importante observar el incremento nominal o corriente de las bases imponibles del Impuesto sobre la Renta, el cual es el primer impuesto en recaudación e incidencia en la economía alemana.

En los últimos años, la necesidad de recaudación de las distintas Haciendas –por ejemplo, la Hacienda española– ha llevado a éstas a diseñar nuevos mecanismos o actualizar viejos métodos para subir impuestos de forma silenciosa. En este sentido, se puede obtener mayor recaudación sin sufrir desgaste político derivado de las críticas de la opinión pública.

Uno de estos métodos para subir impuestos de forma silenciosa es la llamada “progresividad en frío” o también llamada “rémora fiscal”. Este procedimiento consiste en aumentar la base imponible del IRPF en función del incremento nominal de los salarios sin tener en cuenta la evolución de la inflación. En este sentido, un incremento de los salarios nominales del 1,5% y un crecimiento de los precios del 1,5% provoca un mayor pago de impuestos cuando, realmente, no ha habido cambios en los salarios reales.

Los asalariados deben pagan Impuesto de la Renta en función de los incrementos reales en sus ingresos. En este sentido, si se produce un incremento de la renta causado por un incremento en los precios, la legislación tributaria obliga a la Hacienda a deflactar o eliminar el efecto de los precios sobre la base imponible. Si esto no se hace, el gobierno estará usando incrementos irreales en la renta para recaudar más impuestos.

Esta situación es particularmente grave cuando un incremento puramente inflacionista de la renta provoca el salto de tramo de tarifa del IRPF. No debemos perder de vista que el IRPF es un impuesto progresivo dividido en tramos de renta. Por ejemplo, en el caso de España, aquellos contribuyentes cuya base imponible es de 33.007, 20 euros, un aumento de sólo un euro provocado por el aumento de los precios haría que tuviera que pagar en impuestos un 40% en vez de un 30%.

Ésta es la situación en la que se encuentran muchos contribuyentes alemanes. Incrementos de los salarios en un 3% tiene que pagar un 7,4% más en impuestos. Así lo confirman varios informes como el de la Organización Internacional del Trabajo, en el cual se señala una pérdida del poder adquisitivo del 4,5% tanto por causa de la inflación como por los impuestos.

La utilización de la “rémora fiscal” está dando lugar a un incremento significativo de los ingresos tributarios mientras los salarios en términos reales permanecen estancados. De abril a junio, la recaudación por IRPF se ha elevado hasta 97.100 millones de euros, mientras que en el mismo período de 2012 dicha recaudación fue de 60.800 millones de euros. Hasta finales de año, la recaudación se espera que se eleve hasta 200.000 millones de euros.

El afán recaudatorio de las Haciendas es un proceso imparable a lo largo del tiempo. La mantención de estructuras de gasto rígidas y sometidas a la voluntad política obliga a los sucesivos gobiernos a buscar fondos en los lugares más insospechados. Incluso recurren al fraude de Ley, como bien puede verse en este caso.

Fuente: DWN y Oficina Federal Estadística

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Sobre el autor

Javier Santacruz Cano
Economics Student at Universidad Complutense and Master in Essex.

6 Comentarios en "La rémora fiscal atenaza el poder adquisitivo de los asalariados en Alemania"

  1. Javier Santacruz Cano | 19 octubre 2013 at 9:45 am |

    Estimado Genoves:

    Este ejemplo lo puse en el artículo para indicar que un crecimiento en la base imponible (debido a la inflación) de un euro cuando se está en el marginal, provoca un salto de tramo, por el cual hay que pagar una mayor cuantía de la que realmente se debe pagar. Claro que el 40% afecta a ese euro, pero ya ahí estamos generando mayor recaudación indebida.

    En la vida real los saltos de tramo se producen de forma más contundente, por lo que las cuantías que hay que pagar son mucho mayores en estos casos de “rémora fiscal”.
    Un cordial saludo, Javier

  2. En la misma línea que Salacot, tampoco me queda claro. Si el impuesto es progresivo sí un incremento de un euro afectaría a toda la base imponible. Si en cambio, el sistema es progresional (no progresivo) sólo afectaría al tramo adicional (un euro) con el 40% mientras que el resto permanecería en el 30%. La diferencia no es menor, me gustaría que se aclarase.

  3. A mi tampoco me queda claro lo del incremento de un 10% por el cambio de “franja”. Ello sería así si el incremento de IRPF es progresivo. Si en cambio, es progresional (en vez de progresivo), debería pagarse un 40% sobre el 1 dólar adicional solamente y seguir en el 30% por el tramo anterior. No es lo mismo. Agradezco aclaración.

  4. Javier Santacruz Cano | 18 octubre 2013 at 19:22 pm |

    Estimado Salacot:

    Lo que quiero decir con el concepto “salto de tramo” es que implica un mayor pago de impuestos sólo con el aumento de 1€ más. Por ello, una base imponible de 33.007,20 euros implica pagar impuestos en el tramo del 40%.

    Y con respecto a los tipos impositivos, léase el Real-Decreto Ley de Medidas Urgentes de 30 de diciembre de 2011. En él verá la última modificación que se hizo del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta con respecto a los tipos marginales. En el tramo de renta entre los 17.707 y 33.007, el tipo impositivo es del 30% y entre 33.007 y 53.407, el tipo impositivo es del 40%.

    Un saludo.

  5. No es cierto (o no está bien explicado) el ejemplo que se pone sobre España cuando se dice que si la base imponible supera en un euro los 33,007,20 hace que se tenga que pagar un 40% en impuestos en vez de un 30%. La realidad es que se pagaria un 30% sobre los 33.007,20 € más el 40% de solo el euro que supera dicha cantidad. También, los percentajes del 30% y 40% no son correctos: los reales son inferiores.

  6. No tenemos que irnos a Alemania aquí en España es aún peor, con tres agencias tributarias la estatal la regional y la municipal la veda para recaudar se abrió hace años, es rara la familia que no posee un embargo de alguna de las tres, dichas agencias a sabiendas de que los bancos no dan avales de ningún tipo hacen que el contribuyente no pueda ir a defender sus derechos por la vía contenciosa, no deja de ser curioso que la recaudación fiscal suba año tras año cuando las empresas y particulares se encuentran más arruinados.

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