- OroyFinanzas.com - https://www.oroyfinanzas.com -

Italia impone una retención del 20% en las transferencias provenientes del extranjero

(OroyFinanzas.com) – Según publica el diario económico italiano Il Sole 24 Ore, el gobierno del recién destituido Enrico Letta ha puesto en marcha una retención del 20% de todos los pagos y transferencias que los ciudadanos italianos reciben del exterior como forma de combate de la evasión de capitales y fraude fiscal.

La mecánica de esta retención es ciertamente sencilla. En el momento en que un ciudadano italiano recibe en su cuenta bancaria un ingreso proveniente de fuera del país, de forma automática se le retiene un 20%, el cual se le devuelve en el momento en que el cuentacorrentista demuestre que no es dinero obtenido de forma ilícita. Es decir, la carga de la prueba reside en la persona que ha recibido el dinero, la cual tiene que demostrar que el dinero no proviene de negocios ilegales y, en ese momento, la retención se libera y la persona vuelve a tener íntegra en su cuenta la cantidad que ha recibido como transferencia.

Tal como se ha dicho anteriormente, la retención es automática. Sin embargo, esto puede evitarse si, previamente, el beneficiario acredita que va a recibir un dinero totalmente legal. Esta medida, tomada por el gobierno según su versión para luchar contra el fraude fiscal, es una barrera en toda regla a la libertad de movimiento de capitales en Europa. Sin embargo, diversos desarrollos de esta normativa esquivan su ilegalidad a ojos de los tratados de la Unión.

La forma de recuperar este dinero la ha determinado una Orden dictada por la directora de la Agencia Tributaria italiana bajo el número 2013/151663. En dicha Orden se contempla que la transferencia recibida desde un banco extranjero a una cuenta nacional computará como renta a la hora de realizar la liquidación del Impuesto sobre la Renta y la entidad bancaria será la encargada de retener el 20%. El banco tendrá que pagar a Hacienda la cantidad retenida los días 16 de cada mes y la cantidad retenida generará intereses que podrán ser deducibles en la base liquidable.

De este “depósito previo” quedan excluidas aquellas cantidades que se demuestren que no son “ingresos” como por ejemplo el repago de un préstamo, el intercambio de activos financieros o toda aquella parte exenta en una herencia.

En definitiva, se trata de una limitación importante a la libertad de movimiento de capitales en Europa, la cual genera costes que terminará pagando el consumidor bancario y el contribuyente. Represión financiera con un toque italiano.

Fuente: Il Sole 24 Ore [1]

© OroyFinanzas.com