Bitcoin: Procesadores de pagos y exchanges considerados transmisores de dinero en EEUU

FinCEN, EEUU

(OroyFinanzas.com) – La Red de Control de Crímenes Financieros de Estados Unidos (Financial Crimes Enforcement Network – FinCEN) ha publicado nuevas directrices para las empresas vinculadas a la industria Bitcoin y otras criptomonedas. Concretamente, el organismo estatal estadounidense dictamina que las empresas que se dediquen al procesamiento de pagos y que operen exchanges con criptomonedas requerirán una licencia de transmisores de dinero (MSB – Money Service Business, en inglés) y quedarán sujetas a las reglamentaciones federales de cada estado, ya que son consideradas empresas de servicios monetarios dentro de la legislación estadounidense.

Se trata de una noticia relevante ya que podría crear importantes barreras de entrada a muchas empresas que ofrezcan servicios de procesamiento de pagos Bitcoin en EE.UU. ya que las licencias se deben pedir en cada uno de los 50 estados, lo cual es un proceso muy costoso para una start-up, y podría provocar que el reparto del mercado americano quede en manos de un grupo reducido de operadores con capacidad financiera.

La FinCEN, máxima autoridad regulatoria de Estados Unidos contra el lavado de dinero y financiación del terrorismo, responde así a dos cartas individuales presentadas a finales de 2013 por dos empresas del ecosistema Bitcoin de las que no se conocen los nombres. En los documentos FIN-2014-R011 y FIN-2014-R2012 explican que los exchanges de Bitcoin son considerados transmisores de dinero, incluso cuando solo agrupan compradores y vendedores en su plataforma. Además, las cartas sugieren que esto es así incluso si las plataformas realizan funciones más parecidas a las de valores o commodities exchanges tradicionales, en las que no se transfiere dinero entre la empresa y la contraparte.

Si bien la primera de las directrices que aplica a los exchanges era esperada dentro de la comunidad Bitcoin, la orientación de la segunda directriz (R2012), que aplica a los procesadores de pagos Bitcoin, ha sorprendido mucho.

“De acuerdo con su carta, un comerciante acordará con la Compañía (una plataforma de pagos Bitcoin sin nombre) utiliza el Sistema, e incorporar el software de la Compañía en su página web. Los clientes que compren bienes o servicios del comerciante (por ejemplo, reservas de hotel) va a pagar por la compra con tarjeta de crédito. En lugar de que el pago con tarjeta de crédito vaya al comerciante, irá a la Compañía, que transferirá el equivalente en Bitcoin al comerciante. La Compañía paga al comerciante utilizando la reserva de Bitcoin que ha adquirido de compras al por mayor de los intercambiadores de divisas virtuales a discreción de la Compañía (por lo tanto la Compañía asume los riesgos de cambio que se producen en el periodo comprendido entre las compras al por mayor de la Compañía y su pago a un comerciante). La Compañía no tiene un acuerdo con el cliente y solo hará el pago al comerciante.”

Según el abogado Marco Santori, de Pillsbury Winthrop Shaw Pittman, en declaraciones a CoinDesk, esto implica que la exención de esta licencia solo se aplica en los casos en los que ambos lados de la transacción responden a las instituciones reguladas como Ley de Secreto Bancario (Bank Secrecy Act – BSA), como es el caso de los procesadores de tarjetas de crédito, que transfieren fondos entre clientes y bancos comerciales.

“Lo que la mayoría de los procesadores de pagos hacen hoy en día es aceptar bitcoin de la gente, desde donde los bitcoins pueden estar, posiblemente desde su propia cartera Bitcoin (…) y aceptan esas monedas y las envían a los comerciante utilizando cualquier software que podrían ejecutar. Lo esto están diciendo es que si eres un procesador de pagos para comerciantes y estás haciendo esto, no estás exento de las reglas, de hecho, eres un negocio de servicios monetarios”, explicó Santori.

De esta forma, a partir de ahora, las empresas Bitcoin o de otras criptomonedas que se circunscriban a estas actividades en los Estado Unidos deberán presentar una solicitud de licencia de transmisores de dinero:

“FinCEN ha determinado que la Compañía (una plataforma de pagos Bitcoin sin nombre) se dedica a la transmisión de dinero, y dicha actividad no está cubierta ni por el procesador de pago ni por la exención integral. Tenga en cuenta que la FinCEN llegaría a las mismas conclusiones si los pagos se hicieron en otras monedas virtuales que no sean Bitcoin. Como transmisor de dinero, la Compañía estará obligada a: (a) registrarse en FinCEN, (b) llevar a cabo una evaluación exhaustiva del riesgo de su exposición al blanqueo de activos, 13 (c) poner en práctica un Programa de Prevención de blanqueo de capitales basado en dicha evaluación de riesgos, y (d) cumplir con el mantenimiento de registros, presentación de informes y monitoreo de transacciones de las obligaciones establecidas en las Partes 1010 y 1022 de 31 CFR Capítulo X.”

Sin embargo, aún hay dudas de cómo esto afectará a las empresas, ya que el FinCEN ha explicado a CoinDesk que el fallo va dirigido a las empresas en particular que presentaron los requerimientos y que no se aplicará de manera más amplia:

“Animamos a las empresas a preguntarnos directamente si no están seguros acerca de su estatus como transmisores de dinero (MSB), y para determinar si necesitan registrarse con FinCEN,” afirmó un portavoz. “En función de los hechos y circunstancias específicas descritas, le ofrecemos un dictamen oficial. Estas decisiones no están destinadas a señalar tendencias o ser interpretadas como un pronunciamiento amplio para toda la industria.”

EPL

Fuente: Coindesk

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El equipo de analistas de OroyFinanzas.com y sus autores invitados para fomentar el entendimiento del dinero.

2 Comentarios en "Bitcoin: Procesadores de pagos y exchanges considerados transmisores de dinero en EEUU"

  1. OroyFinanzas.com | 26 noviembre 2014 at 15:24 pm |

    Hola Cristina: gracias! Tiene la opción de enviarlo por email o imprimir con los botones de la columna central?

    Un saludo,
    AdminForo

  2. Cristina Ledesma | 26 noviembre 2014 at 15:17 pm |

    Me parece super interesante el tema de los bitcoins y que a la corta puede afectar a los bancos. Podrían mandarme este artículo en un formato que pueda compartir con otros?.
    gracias
    Ing. Cristina Ledesma, CISA, CISM, CRISC, ISO 27001 Sr. Auditor

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