Regulación de Bitcoin en Argentina – Vídeo 19

Simbolo Bitcoin

(OroyFinanzas.com) – Las monedas digitales, como bitcoin, ¿son legales en Argentina? ¿Cómo hemos de tributar con bitcoin? Son dudas que surge a menudo y que en el siguiente vídeo, Joaquín Moreno y Andrés Fleischer de btcenespanol.com, nos lo aclaran.

Las monedas digitales o virtuales son tan legales como lo es cualquier acción privada que no se encuentre específicamente prohibida por una Ley, y el sólo pensar en una prohibición chocaría con reglas constitucionales y convencionales que la hacen inimaginable dentro del sistema normativo vigente.

La única norma jurídica que regula especialmente a las monedas virtuales en la Argentina es la Resolución Nº 300/2014 de la UIF que es el ente administrativo encargado de prevenir e impedir delitos como el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

La normativa sobre prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo impone una serie de obligaciones a determinados sujetos entre los que se incluye a las entidades financieras, las sociedades de bolsa, los fideicomisos, y los escribanos públicos, entre otros.

Por la Resolución 300, algunos de estos ‘sujetos obligados’ deben realizar un seguimiento reforzado y reportar mensualmente cualquier operación que realicen con monedas virtuales.

Otro organismo estatal, el Banco Central de la República Argentina emitió un comunicado de prensa que implícitamente reconoce que las monedas virtuales se encuentran fuera de su ambito de competencia, salvo en lo que pueda tener relación con su función de control sobre las entidades bajo su poder de policía, como los bancos o las casas de cambio.

Más aún, la tecnología detrás de Bitcoin hace uso de firmas digitales. Si bien, por sus características, las firmas digitales usadas en la cadena de bloques (blockchain) no reúnen los requisitos legales actualmente exigidos por la normativa para calificar como tal, si es posible considerar que éstas son firmas electrónicas, en sentido jurídico. Sin perjuicio de ello, las partes de un contrato podrían darle la entidad de firma digital a las firmas usadas por la cadena de bloques. La cuestión no es menor puesto que bastaría con una modificación legislativa para darle a la tecnología detrás de Bitcoin dos efectos claves para contribuir a la seguridad jurídica: la presunción de autoría de una operación y su integridad.

Una de las conclusiones que se puede extraer de la lectura global de este marco normativo es que el uso de Bitcoin no sólo es completamente legal en la República Argentina sino que además está explícitamente reconocido por el Estado Nacional.

¿Cómo pago impuestos si uso monedas digitales, como bitcoin en Argentina?
No existen normas específicas que contemplen la tributación de las monedas virtuales en Argentina, lógicamente por su relativa novedad, lo que no quiere decir que no puedan ser encuadradas en las leyes tributarias vigentes.

Para empezar con el impuesto a las ganancias, se puede considerar que salvo en los casos de personas físicas o sucesiones indivisas que no operen en forma habitual, va a existir un resultado gravado.

En cambio, en el impuesto al valor agregado no se verificaría el hecho imponible por la transferencia de Bitcoin en sí misma, sino que de existir una venta, prestación de servicios u otro hecho gravado que resulte pagadero en Bitcoin, esa operación subyacente quedará alcanzada por el impuesto si así se desprende de la Ley.

Otro de los impuestos que no deben tributar las operaciones realizadas en Bitcoin es el impuesto al débito y crédito bancario, a menos que exista un movimiento de fondos tal como lo establece la Ley.

El impuesto sobre los bienes personales prevé especialmente una exención para los bienes inmateriales, dentro de la que quedarían comprendidas las monedas virtuales.

Otros impuestos como el de la ganancia mínima presunta que deben tributar las empresas cuando no se tienen impuesto a las ganancias determinado, aplicaría sobre las tenencias de Bitcoin valuadas al costo.

Por su parte, estarán sujetos al impuesto de sellos los actos o contratos que formalicen operaciones en monedas virtuales por su valor económico según lo establecido por los Códigos Fiscales respectivos.

¿Qué se puede esperar de la regulación legal de las monedas digitales en el futuro?

En el mundo conviven la economía formal y la informal, ésta última hoy equivale a la segunda economía mundial detrás de Estados Unidos. Las regulaciones operan como un aliciente para sumar volumen a la economía informal, también llamada ‘Sistema D’.

Las monedas virtuales representan un potencial muy importante para el desenvolvimiento del llamado Sistema D.

Si las regulaciones van a implicar mayores barreras y costos para las operaciones con Bitcoin, los ‘policy makers’ o reguladores deben saber que lo único que van a lograr es obstaculizar o encarecer su incorporación a la economía formal, y al mismo tiempo incentivar el desarrollo del Sistema D, fuera del control y registro estatal.

Hoy en día existe una cantidad de emprendimientos que permitirán mejorar las oportunidades para la gente en los lugares en que se instalen. Esperemos que el gobierno argentino, ya sea el nacional, los provinciales o el de la Ciudad de Buenos Aires no sean tan miopes como para no darse cuenta de este potencial.

Fuente: btcenespanol.com

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