Bitcoin y sus aspectos legales en España – Meetup Bitcoin Madrid

Meetup Bitcoin Madrid

(OroyFinanzas.com) – ¿Has comprado bitcoins y tienes dudas sobre cómo pagar impuestos? ¿o sobre su naturaleza jurídica? Esta semana en el Meet-up Bitcoin Madrid, Fernando Mª Ramos Suárez, de DPO&it Law, y Alejandro Gómez de la Cruz Alcañiz, fundador de Law & Bitcoin, dos abogados expertos en la materia participarán en el encuentro para despejar las dudas sobre contabilidad e impuestos en el ámbito de las criptomonedas en España. Además los asistentes podrán consultar con ellos los requerimientos legales que deben tener empresas del ecosistema y particulares a la hora de utilizar bitcoins.

Sin duda, un interesante evento para aquellas personas que poseen bitcoins, quieren adquirirlos o sencillamente están interesadas en saber más sobre el mundo de las criptomonedas. Y como es habitual, posterior a la charla podrás participar en el ya clásico networking.

El encuentro se celebrará mañana viernes 8 de mayo a las 18:00 horas en el Geographic Club (Calle Alcalá, 141).

Estos encuentros quincenales que se celebran dos viernes alternos al mes reúnen a los bitcoiners madrileños y nacieron con el objetivo de convertirse en puntos de encuentro para compartir experiencias y proyectos entre los entusiastas de la criptomoneda. El pasado encuentro, que se celebró el 24 de abril y reunió a un importante grupo de personas, contó con la participación de Juan Llanos. Este argentino, experto en regulación y en cumplimiento normativo, es un entusiasta de las criptomonedas desde sus inicios y actualmente es jefe de transparencia y alianzas estratégicas de Bitreserve.

Si nunca has asistido a estos eventos, quizás ésta sea una buena ocasión para hacerlo. ¡Seguro que repites!

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2 Comentarios en "Bitcoin y sus aspectos legales en España – Meetup Bitcoin Madrid"

  1. Mi lectura es fácil: mantenía hasta hace dos semanas una cuenta en España, me vinieron con estas chorradas, me harté a insultarlos, sí, insultarlos a la Central -me quedé como nuevo- y le ordené al abogado que tiene mis poderes que me cancelara completamente la cuenta y me transfiriera el dinero.

    Es una terapia increiblemente efectiva, todo el dinero fuera de esos bancos, sin más. Es mi terapia, pero cada cual tendrá la suya. Aqui donde vivo son un poco más listos y no intentan esas chapuzas con el personal pues no está el horno como para bollos, lo que les faltaba ya, vamos, han perdido mucha clientela en estos úlitmos años, quedan todavia muchos borregos que tienen todos sus ahorros perdidos en sus cuentas y productos financieros, pero cada vez menos, con tendencia a perder cada dia más clientes. En España el borreguismo me parece que está más avanzado y todavia hay hasta esas libretas prehistóricas de desahorro me ha comentado…y eso que estamos ya en el siglo XXI. Cuando un familiar mio me dijo hace pocos dias que no sabía hacer una transferencia desde un ordenador me quedé asombrado, no me lo podia creer, es una persona con estudios, me quedé de piedra!

    Bueno Leonidas, creo que más o menos te he contestado…

  2. Que busquen un sitio más tranquilo para el encuentro……

    Fuera del tema corto y pego un comentario de otro forero en otro medio de información sobre el tema de la solicitud de los bancos en españa de una copia del DNI. Atentos a la lectura que seguro que al Sr. Dioro le gusta.

    “Su cuenta corriente podría quedar bloqueada. ¿Quién puede cometer tal atropello? Su banco. Y no busquen culpables en su entidad, sencillamente está aplicando la legislación vigente”.

    ¡FALSO! ¡FRAUDE de Ley!

    Si en lugar de aceptar sin más el criterio de parte (banca), el redactor se hubiese molestado antes en informarse (para no des-informar a los lectores) sobre lo que expresamente exige la Ley (que incluso enlaza en el artículo) y su Reglamento de desarrollo, comprendería que determinadas entidades financieras están chantajeando a sus clientes, amenazándoles con bloquearles sus cuentas, si no consienten en digitalizar su DNI y además entregar firma digital biométrica, como BBVA y Caixabank.

    En los artículos 3 y 25 de la Ley y artículos 4,6, 21 y 28 del Reglamento se dispone que “los sujetos obligados conservarán () copias de los documentos fehacientes de identificación” y “almacenarán las copias de los documentos fehacientes de identificación formal en soportes ópticos, magnéticos o electrónicos”.

    Si se sabe leer (y se entiende lo que se lee) la normativa no exige “copia nativa digital” (ni mucho menos firma digital biométrica), por mucho que quieran hacer creer lo contrario determinadas entidades. Lo que están haciendo con la excusa de la Ley 10/2010 es obtener una ingente base de datos personales biométricos, vulnerando normativa comunitaria y española en materia de protección de datos y firma electrónica.

    La prueba del 9 es que otras entidades españolas, bajo idéntica normativa, siguen pidiendo exclusivamente fotocopia simple del DNI. ¿Incumplen éstas la Ley o son las otras las que se la están saltando a la torera?

    Luego ya sabemos lo que pasa: mandatos de compra de preferentes “sin firmar”, alta en productos/servicios financieros no solicitados, etc. Ahora las entidades, con un DNI digitalizado (no es un mero escaneo de alta resolución y en color, también se “valida” su “autenticidad” y el cliente ignora en qué formato se “custodia” o puede “duplicarse”) y una firma digital biométrica (que NO tiene el mismo valor que la manuscrita, aunque las entidades aseguren lo contrario, pues no está “creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control”, tal y como establece la Ley aplicable) pueden hacer de su capa un sayo.

    Denuncien ante la Agencia de Protección de Datos y no permitan que las entidades obtengan masiva y fraudulentamente datos personales y biométricos que dejan de estar bajo el control exclusivo de su titular y que pueden resultar fatales en un futuro próximo.”

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