Europa un paso más cerca de la exención del IVA para Bitcoin

Union Europea

(OroyFinanzas.com) – La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Juliane Kokott, recomienda que las compraventas de bitcoins estén exentas de IVA. Es importante resaltar que se trata de una recomendación oficial aunque no vinculante, por lo que, aún habrá que esperar si finalmente los órganos competentes europeos utilizan esta resolución como base legal y la corrobora.

El documento publicado este jueves analiza las claves por las cuales Bitcoin debe considerarse un “medio de pago puro”, y tras concluir que Bitcoin entra en esa definición y que, por tanto, debe recibir el mismo tratamiento fiscal que los medios legales de pago, Kokott concluye que, aunque Bitcoin no es considerado un medio legal de pago en ningún país, la compraventa de bitcoins debe estar amparada por la excepción del artículo 135, apartado 1, letra e) de la Directiva del IVA y, por lo tanto, están exenta de IVA.

El artículo 135, apartado 1, letra e) de la Directiva del IVA dice textualmente:

Las operaciones, incluída la negociación, relativas a divisas, los billetes de banco y las monedas que sean medios legales de pago, con excepción de las monedas y billetes de colección, a saber, las monedas de oro, plata u otro metal, así como billetes, que no sean utilizados normalmente para su función de medio legal de pago o que revistan un interes numisimático“.

Esta recomendación llega un año después de que la Corte Administrativa Suprema de Suecia (Högsta förvaltningsdomstolen) solicitase el 2 de junio 2014 una resolución preliminar al Tribunal Europeo de Justicia para determinar si el intercambio de bitcoins por moneda fíat y viceversa realizadas por las casas de cambio Bitcoin es una operación sujeta a IVA.

En España, el Ministerio de Hacienda declaraba oficialmente en abril 2015 que el Bitcoin y las criptomonedas están exentas de IVA en España. Pero lo que es relevante a nivel europeo es que, si finalmente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea corrobora las conclusiones de Kokott, la exención del IVA aplicable a las compraventas de bitcoins vincularía a todos los estados miembros de la Unión Europea, incluidos los países que ya se han posicionado en sentido contrario, como Polonia y Estonia.

Si tienes interés en conocer más al detalle la resolución de la Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Juliane Kokott, recomendamos la lectura del análisis hecho por Law and Bitcoin.

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1 Comentario en "Europa un paso más cerca de la exención del IVA para Bitcoin"

  1. Alejandro Gómez de la Cruz | 17 julio 2015 at 12:53 pm |

    Sin duda, ha sido un escrito muy razonado por la Abogado General. Esperamos que el TJUE siga el mismo criterio.
    Como comentamos en el análisis de Law & Bitcoin, resulta curioso cómo ha seguido un criterio distinto a la Dirección General de Tributos a la hora de aplicar la exención, equiparando los bitcoins a los medios legales de pago (bajo el término medios de pagos puros).
    De aceptar el TJUE los argumentos esgrimidos, tendremos el IVA de los Bitcoins prácticamente armonizado.
    Parece que vamos por buen camino, tratando con cuidado estas cuestiones. Lo que me parece una decisión acertada que hará que las empresas Bitcoin vengan a Europa huyendo de regulaciones tan onerosas y restrictivas como las normativas sectoriales que están surgiendo en EEUU (y si no que le pregunten a Wences Casares).

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